El modelo 210 se presenta trimestral y no existe modelo de resumen anual.
Sustituye al modelo 215, entre otros.
Si un propietario de un inmueble no residente percibe en España rentas de los inquilinos , presentará modelo 210 trimestral para liquidar el 24% de dichos alquileres.
Si los inquilinos son un matrimonio, es un único modelo 210 y un pagador.
Si los inquilinos son personas distintas de distintos pisos, presentará modelo 210 por cada pagador, para ingresar el 24% del alquiler satisfecho por cada inquilino distinto.



