Impto Sociedades Entidades Sin Animo Lucro Abril 2010

IMPUESTO SOCIEDADES ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO:

TRLIS:

Rentas exentas:

Las que tienen que ver con el objeto social de la entidad:

– subvenciones
– donativos
– cuotas de socios

Rentas no exentas:

– las que son fruto de una actividad económica

Gastos imputables a rentas exentas:

No son deducibles.

Por ejemplo, las cuotas de socios que sirven para financiar el gasto del teléfono.

Lo mejor es recogerlo en la Memoria por si un día hubiera una inspección.

También no son deducibles los gastos de proyectos que quedan cubiertos con subvenciones, donativos,..La parte de gastos de un proyecto que no sea cubierta con subvenciones o donativos sino por el beneficio de una actividad económica, son gastos deducibles.

Gastos deducibles:

Los que son imputables a rentas no exentas.

Correlación de ingresos y gastos:

a) si realizo un proyecto en 2009 y me otorgan la subvención en 2010, si ya liquidé Impuesto de Sociedades de 2009 y deduje los gastos del proyecto porque no tenía la certeza que fuera subvencionado, tendré que presentar una declaración complementaria para liquidar el menor Impuesto de Sociedades liquidado al haber deducido los gastos del proyecto.

La declaración de 2010 la haré considerando la subvención como renta exenta.

b) para evitar tener que presentar declaración complementaria con sus correspondientes recargos, puedo no deducir los gastos de 2009 que estimo subvencionarán y si luego no subvencionan en 2010, solicitar la devolución de ingresos indebidos.

c) si sucede al revés, primero se recibe la subvención y luego se realiza el proyecto, las rentas de la subvención están exentas y la parte de gastos de proyecto subvencionados son no deducibles, aunque la subvención se reciba en 2009 y el proyecto se realice en 2010.

Cuanto mejor podamos recoger en una Memoria sobre la determinación de rentas exentas y no exentas, así como gastos imputables a cada tipo de rentas, más claro de cara a una inspección.

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