Cambio régimen estimación rendimientos empresario Julio 2010

Si estamos en régimen de estimación objetiva ( módulos ) en Renta  y queremos cambiar a estimación directa; así como de régimen simplificado de IVA a régimen general; deberemos comunicarlo a Hacienda a través de la declaración censal en el mes de diciembre; o bien, presentando el primer trimestre según el nuevo régimen que nos acogemos.

El cambio de régimen nos obliga a mantenernos en el mismo durante 3 ejercicios.

Si queremos revocar el cambio lo deberemos hacer obligatoriamente en el mes de diciembre y a través de la declaración censal.

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