Pérdidas por créditos por insolvencias deducibles fiscalmente Diciembre 2009
Para que que un crédito por insolvencias contabilizado como pérdida sea fiscalmente deducible es necesario que cumpla alguna de las circunstancias ( art 12.2 LIS ) en el momento del devengo del impuesto ( 31 dic ): – transcurso de 6 meses desde el vencimiento de la obligación – declaración…



