Prorrata y operaciones de prestaciones de servicios no interiores Enero 2013

En el cálculo de la prorrata, en caso de haber emitido el declarante facturas exentas de IVA por regla de localización ( intracomunitarias o a terceros paises ) pero que de haberse emitido para clientes residentes en España hubieran sido emitidas con IVA, las facturas exentas de IVA en este caso se suman a las facturas sujetas IVA en el numerador y denominador de la fórmula

prorrata = fras emitidas con IVA / total fras emitidas, exentas y no exentas IVA

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