Modificación Base Imponible IVA Diciembre 2003

Cuando los créditos correspondientes a cuotas repercutidas resulten total o parcialmente incobrables puede reducirse la base imponible simpre que se cumpla

que el destinatario de las operaciones sea empresario o profesional, o que la base imponible sea superior a 300 euros

que el crédito impagado lleve al menos 2 años desde la fecha del devengo

que el cobro del crédito se haya reclamado judicialmente

que la modificación se realice en los 3 meses siguientes al final del plazo de los 2 años señalado

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