Detalles modelo 303 . Enero 2011

En la cumplimentación del modelo 303 de declaración de IVA trimestral, deberemos detallar de forma separada las adquisiciones intracomunitarias de bienes, según las bases imponibles y tipos de IVA que hubieran devengado de haberse producido la adquisición en el territorio de aplicación del impuesto ( TAI ); tanto en el apartado de IVA devengado como de IVA deducible .

Las autofacturas por inversión del sujeto pasivo deberán declararse tanto en el apartado de IVA devengado como deducible, junto con el resto de facturas emitidas y recibidas por el sujeto pasivo; y al tipo de IVA que se hubiera gravado de haberse realizado la prestación del servcicio en el TAI.

Las adquisiciones de bienes de inversión ( compras de más de 3000 € a efectos de IVA ), también deberán detallarse de forma separada, y a su vez distinguiendo si se trata de adquisiciones intracomunitarias o interiores.

La base imponible de IVA deducible a declarar en el modelo 303 es la correspondiente a las compras y gastos del sujeto pasivo, sin aplicar la prorrata a las mismas; aunque la cuota de IVA deducible sí que es la correspondiente a la aplicación  de la prorrata en su caso.

En caso de prorrata, deberá declararse el importe resultante de regularizar por aplicación de la prorrata definitva respecto la prorrata provisional aplicada a las cuotas de IVA soportado de triemstres anteriores en casilla separada correspondiente.

En el cáculo de la prorrata se incluyen en el numerador las facturas con IVA, en el denominador, las facturas con y sin IVA ( por aplicación art 20 LIVA ). No se incluyen en prorrata los donativos / donaciones ni las subvenciones no vinculadas al precio de los servicios que se prestan.

Para poder deducir IVA es necesario que se realice una actividad económica, ser empresario a efectos de IVA. Si una entidad sólo percibe subvenciones y no factura, no puede deducir IVA soportado porque su prorrata es 0%. Lo mismo en caso de trabajar por proyectos.

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