Alta devolución mensual IVA. Abril 2012

Para solicitar a hacienda la devolución mensual de IVA lo hacemos a través del modelo 036 de alta en el REDEME ( Registo de Devolución Mensual ), casillas 129 y 579 de esta declaración censal.

Se solicita la incluisón del 1 al 20 de noviembre para que sea efectiva desde el 1 de enero del año siguiente; no obstante se puede solicitar también del 1 al 20 de abril, julio, octubre y enero; y en será efectivo a partir del mes que se solicita.

Para darnos de baja lo hacemos de la misma forma , modelo 036, y en el plazo del 1 al 20 de noviembre, para que sea efectivo a partir del 1 enero año siguiente.

La inscripción en el REDEME obliga a mantenerse en este sistema durante todo el año ( si se solicitó del 1 al 20 noviembre del año anterior ) o durante el año en curso y todo el año siguiente si se cursó a lo largo del año, del 1 al 20 del mes siguiente del trimestre vencido.

La administración tributaria remitirá al declarante resolución de la inscripción en el REDEME. En caso que la inscripción sea denegada, al final del trimestre natural se presenta el modelo 303 trimestral y los modelos 303 que hayamos presentado mensuales hasta entonces quedan sin efecto.

Si estamos inscritos en el REDEME presentamos modelo 303 mensual y modelo 340 de registro de facturas emitidas y recibidas del mes que declaramos.

El plazo de presentación del modelo 303 y 340 mensuales es del 1 al 20 del mes siguiente respecto al mes que declaramos.

Si un mes resultara IVA a ingresar, se ingresa y no implica la baja automática en el REDEME.

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